EnglishFrançaisDeutschPolskiPortuguêsEspañol

Amigos

Apoya la labor de la Fundación DeClausura realizando una aportación periódica

¡Hazte Amigo/a de la Fundación DeClausura!

Necesitamos tu ayuda para continuar con la labor que realizamos
en favor de la vida contemplativa.

Programa Amigos


Paso 1 de 3

INFO DE CONTACTO

Teléfono de contacto: 91 454 22 31

info@declausura.org

Villa de Marín 26, 28029, Madrid

Cuenta corriente DeClausura:

IBAN ES57 2100 5731 7202 0016 4629

Donaciones internacionales:

Swift/BIC : CAIXESBBXXX
IBAN: ES57 2100 5731 7202 0016 4629

Desgravaciones fiscales

Tus donativos se benefician de ventajas fiscales (sólo para España).

1.- Particulares (personas físicas)

La desgravación se efectuará en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y, en función de las cantidades donadas, tendrán derecho a deducirse según la siguiente escala:

Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos en favor de Fundación Declausura por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del período impositivo anterior, el porcentaje de deducción a aplicar sobre el importe que exceda de 150 euros, será del 40%.

Base de deducción % de deducción
hasta 150€80%
A partir de 150€35%

Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos en favor de Fundación Declausura por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del período impositivo anterior, el porcentaje de deducción a aplicar sobre el importe que exceda de 150 euros, será del 40%.

La base de esta deducción no podrá exceder el 10% de la base liquidable.

2.- Empresas e instituciones (personas jurídicas):

La desgravación se efectuará sobre el Impuesto de Sociedades (IS) y tendrán derecho a deducirse el 35% de la base de deducción.

Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos en favor de Fundación Declausura por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del período impositivo anterior, el porcentaje de deducción será del 40%.

La base de esta deducción no podrá exceder el 10% de la base imponible del período.

Si nos proporcionas tus datos fiscales, te enviaremos el certificado de donación para la declaración de la renta o de sociedades.